SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014
Fecha: 03-Ene-2014
a)
El abogada del accionante, ratificó la acción planteada, agregando que: a) Se constituyó en el lugar donde se encontraba su esposa en peligro, por la emergencia del caso; sin embargo, se ha vulnerado su derecho a la libertad no obstante que el mismo se encuentra con detención domiciliaria de acuerdo a la resolución que adjunta, habiendo sido detenido en celdas policiales sin ninguna notificación, ni orden emitida por autoridad competente por ocho horas en que recién fue notificado con la resolución de aprehensión emitida por el Fiscal de Materia, solicitando se deje sin efecto los actos, ilegales cometidos por la autoridad fiscal y policías DELTA; b) A la fecha afronta muchos procesos penales, por haber sido dirigente en calidad de Presidente de una Junta de Vecinos en la que surgieron problemas que han motivado los procesos que están siendo dilucidados en las instancias correspondientes; c) Saca conclusiones en sentido que la parte querellante seguramente ha tramado la forma para que sea detenido, por cuanto al encontrarse con medidas sustitutivas, ante el llamado de urgencia por su esposa quien le pidió lleve alguna documentación que en efecto lo hizo, al llegar al lugar lo detuvieron y trasladaron a celdas policiales, constando en el cuaderno de investigaciones que posterior a su privación de libertad se presentó denuncia; empero, aducen haberlo encontrado en flagrancia. Es así que en la audiencia cautelar se dispuso su detención preventiva, a pesar de haber solicitado su suspensión por la interposición de la presente acción de libertad, vulnerando inclusive su derecho a la defensa al no haber tenido oportunidad de defenderse al no saber por qué lo estaban sindicando, ya que simplemente los policías lo detuvieron a denuncia de personas particulares que supuestamente sufrieron delito de estafa y estelionato; y, d) No se impone sanción privativa de libertad por deudas o por obligaciones patrimoniales, y supuestamente su persona habria recibido cuotas para colaborar a los vecinos y regularicen su derecho propietario, por lo que si existía una denuncia debió ser citado, reiterando por lo expuesto se conceda la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15