SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2014

Fecha: 10-Ene-2014

se puede afirmar que la persecución ilegal o indebida es la acción de seguimiento, búsqueda u hostigamiento de una persona que hace una autoridad pública o funcionario judicial sin que exista un motivo o razón legal.

A efecto del análisis del presente caso es preciso que previamente se determine cuáles son los presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional, a efectos de determinar si concurrió o no una persecución ilegal; en este entendido, la jurisprudencia constitucional a través de la SCP 0534/2012 de 9 de julio señaló: “…la doctrina ha establecido 'partiendo del concepto de persecución legal, el mismo que el Diccionario Enciclopédico Usual (1981:TV-219) persecución es, «…seguimiento del que huye, con idea de alcanzarlo, detenerlo, capturarlo (…) es una reclamación judicial…» se puede afirmar que la persecución ilegal o indebida es la acción de seguimiento, búsqueda u hostigamiento de una persona que hace una autoridad pública o funcionario judicial sin que exista un motivo o razón legal.