SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2014

Fecha: 30-Ene-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público en su contra, por el supuesto delito de enriquecimiento ilícito de particulares, argumenta que la Jueza cautelar, Ximena Flores Paniagua en suplencia del Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, dispuso su detención preventiva y habiendo recabado nuevos elementos de juicio que desvirtúen los hechos por los que fue detenido, solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva; posteriormente, el “11 de junio de 2013”, mediante Auto interlocutorio denegó dicha petición ante la cual su abogado defensor Álvaro Gonzales Durán, haciendo uso de la palabra en audiencia interpuso recurso de apelación conforme lo previsto por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pidiendo que en el plazo de veinticuatro horas, las actuaciones pertinentes sean remitidas a la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia, proporcionando el mismo día a Iris Viviana Osinaga Rivera, Secretaria, los recaudos necesarios para sacar las fotocopias requeridas.

En ese contexto, señala que hasta la fecha de interposición de la presente acción, no se remitieron los antecedentes de la apelación al Tribunal de alzada, transcurriendo un mes y tres semanas desde ese acto procesal, atribuyendo dicha omisión al Juez de la causa que debe ejercer el control de los funcionarios subalternos y a la Secretaria Iris Viviana Osinaga Rivera.