Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0257/2014-RCA
Fecha: 08-Oct-2014
I.
El accionante a través de su representante Sergio Javier Jimenez Terrazas manifestó que la Resolución que le causa agravio fue emitida el 16 de noviembre de 2012, pero que nunca le fue notificada de manera personal, recién se enteró de la misma, cuando le retuvieron sus cuentas bancarias; tanto es así que el 3 de febrero de 2014, el Oficial de Diligencias del Juzgado a cargo del proceso informó al Juez de la causa que no se le practicó ninguna diligencia, por no ser habido su domicilio; y que recién tuvo conocimiento del proceso en diciembre de 2013; por lo tanto, la presente acción se presentó en término legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.4. Resolución del
- I.
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Principios que rigen las acciones de amparo constitucional
- II.3. Mecanismos de impugnación de notificaciones
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR