Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2014
Fecha: 21-Oct-2014
Fragmento 12
Finalmente, en aquellas competencias compartidas en las que la ley del nivel central del Estado haya previsto algún tipo de responsabilidad para los gobiernos autónomos departamentales, el Gobierno Autónomo Departamental no solo debe “coadyuvar a la ejecución” sino que se convierte en titular de parte de la facultad legislativa, reglamentaria y ejecutiva; por lo que, en su caso deberá elaborar una legislación de desarrollo, reglamentar la misma y ejecutar la competencia, en el marco de la titularidad de la responsabilidad asignada. Por lo expuesto al ser incompatible con la Constitución Política del Estado, se deberá reformular la redacción de dicho artículo.