SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014-S3
Fecha: 21-Oct-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Así, por memorial de 1 de abril de 2014, hizo conocer el cumplimiento de la pensión mensual de asistencia familiar, respecto de la suma de dinero; sin embargo, el Juez demandado, emitió mandamiento de apremio, por lo que el 17 de igual mes y año -jueves santo-, a horas 18:00 aproximadamente, fue detenido por funcionarios policiales con dicha orden, “…aduciendo en dicho mandamiento de apremio que era por una muda y media de ropa y nada más y me condujeron de forma inmediata al penal de San Roque, aprovechando que el órgano judicial dejó de trabajar ese día a partir de horas 16:00 por ser jueves santo…” (sic).
Por último, a la fecha de interposición de la presente acción de defensa -18 de abril de 2014-, compró toda la ropa determinada en el mandamiento de apremio y por ser feriado no pudo hacer la entrega a ninguna autoridad judicial, para que disponga su libertad inmediata, por cuanto no hay nadie de turno.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- III.1. El apremio en asistencia familiar procede previa citación e intimación al obligado con la liquidación o que cumpla su finalidad
- UN PANTALÓN, UNA CAMPERA, UNA CAMISA O POLERA, UN PAR DE ZAPATOS, UN CALZONCILLO Y UN PAR DE MEDIAS,
- 1)
- CONFIRMAR