Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014-S3
Fecha: 21-Oct-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y ampliando la misma, su abogado patrocinante señaló que: “…la deuda que tenía mi defendido era de 300 bs y dos mudas de ropa, a la fecha hemos pagado esa deuda, pero lamentablemente el Juez se equivoca, no se ha constatado que nosotros hemos pagado la liquidación, pero no se da cuenta que su mama presento el día 01 de abril de 2014, por lo que este mandamiento de apremio es ilegal…” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- III.1. El apremio en asistencia familiar procede previa citación e intimación al obligado con la liquidación o que cumpla su finalidad
- UN PANTALÓN, UNA CAMPERA, UNA CAMISA O POLERA, UN PAR DE ZAPATOS, UN CALZONCILLO Y UN PAR DE MEDIAS,
- 1)
- CONFIRMAR