Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2014-S3
Fecha: 27-Oct-2014
II.2.
II.2. Por memorial cuya suma señala: “SE APERSONA E INTERPONE” (sic) presentado el 22 de noviembre de 2013, ante el Juez Quinto de Instrucción en lo Civil de El Alto, los accionantes se apersonaron al proceso de interdicto de recobrar la posesión y presentaron nulidad de notificación de la demanda interpuesta por Alberto Mamani Cruz (fs. 12 a 13 vta.), que es resuelta por la Resolución 69/2014 de 31 de enero, que rechaza el incidente planteado (fs. 63 a 65).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la legitimación pasiva y la responsabilidad del personal subalterno
- Fragmento 13
- i)
- CONFIRMAR