AUTO CONSTITUCIONAL 0408/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0408/2014-CA

Fecha: 18-Nov-2014

I.1. Argumentos jurídicos de la acción

Por memorial presentado el 30 de octubre de 2014, cursante de fs. 8 a 16, el Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia, alega que los arts. 57.I    -modificado por el art. 1 de la Ley de Distribución de Escaños entre Departamentos- y 61.I de la Ley del Régimen Electoral, resultan arbitrarios y discriminatorios, al determinar la distribución de siete circunscripciones especiales para diputadas y diputados indígena originario campesinos, y otorgar a siete Departamentos una circunscripción especial, excluyendo y dejando sin la misma a Chuquisaca y Potosí, sin considerar que el Estado Plurinacional de Bolivia está dividido por nueve Departamentos; y en cada uno de ellos, existen pueblos indígena originario campesinos; en consecuencia, se desconoce la existencia de dichos pueblos; por lo que, las normas observadas vulneran el derecho a la igualdad ante la ley, al propiciar un trato desigual, considerando que sólo se reconocen circunscripciones especiales para siete Departamentos.

Alega que, la normativa impugnada como inconstitucional, transgrede el principio de supremacía constitucional y jerarquía normativa; puesto que, al contravenir los derechos reconocidos constitucionalmente, a la igualdad y la participación en asuntos públicos, que se encuentran contenidos en una ley, ésta no puede ir en  contra de los derechos y principios de la Norma Suprema, siendo que una disposición de rango inferior no puede inobservar el contenido de la Ley Fundamental.