AUTO CONSTITUCIONAL 0414/2014-CA
Fecha: 18-Nov-2014
Fragmento 1
En consulta la Resolución 09/2014 de 4 de noviembre, cursante a fs. 21 y vta., pronunciada por el Tribunal Disciplinario Departamental de la Jurisdicción Policial de Oruro por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta formulada por Aquiles Sergio Suxo Villanueva, demandando la inconstitucionalidad del art. 103 de la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) -Ley 101 de 4 de abril de 2011-, por ser presuntamente contrario a los arts. 14.II y III, 46.I.2 y II, 49.III, 115.II, 116.I, 117.I, 119.II y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 y 2, y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y, 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.