Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados manifestamos nuestro desacuerdo con los fundamentos contenidos en la SCP 1977/2014 de 13 de noviembre; por lo que, fundamentamos nuestro voto disidente en la aprobación del mismo, bajo los siguientes argumentos jurídico-cons
Fecha: 13-Nov-2014
Partes:
Partes: En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Alberto Solares Gaite demandando la inconstitucionalidad de los arts. 32, 35, 47, 73 y 83 de la Ley de Pensiones (LP), por ser presuntamente contrarios a los arts. 14.II, 45, 109 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).