Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia en relación a la DC 0077/2014 de 13 de noviembre:
Fecha: 13-Nov-2014
Estado
De todo lo señalado anteriormente, se advierte que como bien se establece en los arts. 7 al 9 de la CPE, cuáles son los principios, valores y fines del Estado, estos, no deben ser entendidos como si solo fueran del nivel central del Estado, por lo que el estatuyente al incluir dentro el contenido de su norma básica no vulnera ningún precepto constitucional, empero se debió declarar la incompatibilidad solo del uso de la frase “Se ratifican”, y no así de todo el contenido del artículo analizado.