SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014-S1
Fecha: 21-Nov-2014
I.2.2.
Jorge Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de la Paz, en su condición de autoridad demandada, en audiencia informó, que el ahora accionante fue beneficiado con medidas sustitutivas, en la cual se debería dar cumplimiento al mandamiento de detención domiciliaria; empero, él tenía otro proceso en el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal del referido departamento, por lo que está detenido en el Recinto Penitenciario de San Pedro; razón por la cual, no se pudo dar cumplimiento a la detención domiciliaria ya dispuesta por su autoridad, aclarando que la parte accionante no hizo llegar ningún documento, al contrario hicieron llegar una recusación y al ser recusado del conocimiento de la causa, ya no tenía competencia para poder librar cualquier tipo de mandamiento bajo sanción de nulidad, además de ello, el Juzgado que tiene a cargo, sufre de acefalías y no cuenta con personal subalterno suficiente.