Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014-S1
Fecha: 21-Nov-2014
II.7.
II.7. Mediante Auto Interlocutorio de 26 de septiembre de 2013, el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, rechaza la recusación planteada por el ahora accionante, señalando que su competencia queda suspendida y a efectos de continuar con el proceso dispone que los antecedentes se remitan al juzgado siguiente (fs. 20 y vta.).