SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 9 de abril de 2014, fue aprehendido cuando se encontraba en el Hospital Roberto Galindo en el consultorio de rayos X; posteriormente, conducido a la cárcel pública de “Villa Buch”, sin respetar su quebrantada salud, poniendo en peligro su vida, producto de un mandamiento de apremio con facultades de allanamiento, emitido el 13 de enero del mismo año, a consecuencia de una liquidación de asistencia familiar expedida por la autoridad demandada, sin el cuidado de que previamente sea notificado personalmente o por cédula, con la liquidación o conminatoria de pago, a objeto de que ésta sea observada dentro del plazo legal, la cual está sujeta a los términos de caducidad establecidos en el art. 182 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por lo que su apremio es ilegal.

Refiere que, en la expedición del referido mandamiento se cometieron varios delitos penales, como ser uso de instrumento falsificado y falsedad material e ideológica, puesto que en el reverso se señaló como fecha de recepción del documento por Rosileni Mamio Palacios, el 15 de enero de 2013, con firma de constancia, pero también se consigna en el decreto de expedición el 15 de diciembre de 2014 y 13 de enero del mismo año, como fecha de entrega.