AUTO CONSTITUCIONAL 0312/2014-RCA
Fecha: 04-Dic-2014
COMISIÓN SUMARIANTE…
Por memorial presentado el 28 de octubre de 2014, cursante de fs. 134 a 141 vta., la accionante señala que, desempeñó sus labores como Oficial de Créditos del Banco FIE S.A. y que, de forma intempestiva el 7 de julio de igual año, fue sometida a un proceso administrativo interno ilegal por personeros de la entidad financiera quienes procedieron a su despido injustificado el 7 de agosto del mencionado año, frente a este hecho recurrió al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a fin de que previos los trámites legales de rigor emita la conminatoria de reincorporación, misma que se realizó el 29 de agosto del mismo año y habiendo sido notificado el personero legal del citado Banco, este omite, hasta la fecha de interposición de la presente acción, cumplir con la mencionada conminatoria. Manifestando además que, se la procesó administrativamente vulnerando lo establecido en el art. 120 de la Constitución Política del Estado (CPE), toda vez que la “…COMISIÓN SUMARIANTE…” (sic), que llevo adelante su proceso administrativo, no se conformó con anterioridad al hecho al juzgarse.
Por ultimo menciona que, se la juzgó y sancionó con el despido, sin que la haya dictado ningún auto inicial de proceso administrativo interno por la comisión sumariante, infringiendo lo establecido en los arts. 115.II y 117.I de la CPE, no habiéndosele notificado con el informe de auditoría, para procesar la etapa de aclaración y descargos de las supuestas irregularidades, ni tampoco con el informe de “`Auditoria Especial´ denominado Análisis de Riesgos Crediticio de la cartera de Créditos…” (sic). De igual manera señala que se la procesó administrativamente sin que se haya abierto un proceso probatorio para asumir legalmente el derecho a la defensa. A su vez establecieron se proceda a su despido sin lugar a beneficios sociales, amparados en normas de un reglamento interno que no está aprobado por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social con ninguna resolución ministerial.