AUTO CONSTITUCIONAL 0318/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0318/2014-RCA

Fecha: 04-Dic-2014

I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción

Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2014, cursante de fs. 25 a    36 vta., la accionante mediante su representante sostiene que las autoridades demandadas dispusieron su remoción y rotación ilegal, respecto al lugar de trabajo, tipo de funciones, desestabilizando así su fuente laboral, incidiendo en su ámbito familiar, al haber sido destituida del cargo de Jueza Octava de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, para ser trasladada a la localidad de Guarayos del mismo departamento, a objeto de ejercer el puesto de Jueza de Instrucción Mixta de dicha Localidad, sin tomar en cuenta la absoluta carencia de similitud entre ambos cargos y funciones.

Refiere que, el Pleno del Consejo de la Magistratura mediante Resolución 027/2014, dispuso la rotación sin que ella la haya solicitado; dicho aspecto mereció el recurso de revocatoria el cual se encuentra pendiente de resolución. Agrega que, el martes 15 de abril de 2014, fue notificada con el memorando PRES 147/2014 de 11 de ese mes, mediante el cual el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy codemandado-, le comunicó que debía rotar en el ejercicio de sus funciones, al haber sido designada en el cargo de Jueza de Instrucción Mixta de Guarayos de ese departamento, con el Ítem 2385, haciéndole saber que la fecha de posesión en su nuevo cargo sería el día miércoles 16 de abril del mismo año; es decir, en menos de veinticuatro horas, sin opción a reclamo alguno.