AUTO CONSTITUCIONAL 0323/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0323/2014-RCA

Fecha: 04-Dic-2014

IMPROCEDENCIA “in limine”

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías por Resolución 432/2014 de 24 de noviembre, cursante de fs. 326 a 327 vta., declaró la IMPROCEDENCIA “in liminede la acción planteada bajo el fundamento que el art. 53.2 y 3 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece las causales de improcedencia de las acciones de amparo, por no haber utilizado los recursos que le franquea la ley y por actos consentidos, debido a que el accionante aceptó la Sentencia 279/2009, en la que no se hizo mención a la reincorporación y al pago de salarios devengados, sin que el accionante hubiera reclamado, o solicitado explicación, complementación y enmienda.