AUTO CONSTITUCIONAL 0456/2014-CA
Fecha: 04-Dic-2014
II.3. Análisis del caso concreto
Dentro del caso de autos, se tiene que en la demanda de mensura y deslinde seguida por Cristina García Rivera de López contra Moisés y “Lurdes” Navia Zambrana, planteada ante el Juzgado Agroambiental de Sacaba del departamento de Cochabamba; la autoridad judicial de esta instancia agroambiental, a través de la Resolución de 23 de octubre de 2014, (fs. 22 a 23), se declaró incompetente para conocer el asunto, declinando competencia ante la jurisdicción ordinaria, concluyendo que según certificación emitida por el Gobierno Municipal de Sacaba se evidenció que el predio que dio pie a la formulación del referido proceso de mensura y deslinde, se encuentra ubicado dentro del radio urbano del municipio de Sacaba, se carecería de competencia para tramitar el mismo.
Asimismo, el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil de la misma localidad y departamento, por Resolución de 24 de noviembre de 2014 (fs. 26 a 27 vta.), también argumentó ser incompetente para conocer la causa, disponiendo la remisión del expediente a conocimiento del Tribunal Constitucional Plurinacional.
Conforme a lo anotado, y siendo atribución del Tribunal Constitucional Plurinacional, la resolución de conflictos de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la agroambiental, corresponde la admisión del mismo, al haberse suscitado el conflicto; dado que, tanto la autoridad agroambiental como la ordinaria se declararon incompetentes para conocer la causa de referencia.