Los suscritos Magistrados, manifestamos nuestra disconformidad con los fundamentos contenidos en la SCP 1992/2014 de 1 de diciembre; por lo que, expresamos los siguientes argumentos jurídico-constitucionales del voto disidente en su aprobación.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, manifestamos nuestra disconformidad con los fundamentos contenidos en la SCP 1992/2014 de 1 de diciembre; por lo que, expresamos los siguientes argumentos jurídico-constitucionales del voto disidente en su aprobación.

Fecha: 01-Dic-2014

Partes

Partes:                En la acción de inconstitucionalidad concreta, promovida de oficio por Deysi Villagómez y Bernardo Huarachi Tola, Magistrados de la Sala Penal Segunda del Tribunal Agroambiental; demandando la inconstitucionalidad del parágrafo I de la Disposición Final Vigésima del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007 y el art. 110 inc. f) del DS 29894 de 7 de febrero de 2009, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8, 13, 115.I, 119, 123, 178, 256.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).