SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2014-S2

Fecha: 05-Dic-2014

III.4. Sobre el derecho de petición

Sobre el particular la SCP 1731/2014 de 5 de septiembre, precisó: “Al respecto la SCP 1831/2012 de 12 de octubre, con relación al art. 24 de la CPE, señala que: 'Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que identificación del peticionario'.