Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2014-RCA
Fecha: 14-Feb-2014
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 9 de mayo de 2012, corriente de fs. 21 a 22 vta., los accionantes manifestaron que, las autoridades accionadas, dentro de un proceso penal seguido por el Ministerio Público y Remigio Mérida Rosa en su contra por la presunta comisión del delito de lesiones graves, mediante Resolución 177 de 7 de septiembre de 2011, revocaron la disposición sobre extinción de la acción penal por duración máxima del proceso dictada a su favor, omitiendo lo determinado por el art. 133 del Código de Procedimiento Penal (CPP).