Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2014-RCA
Fecha: 25-Feb-2014
Fragmento 8
El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de su uniforme jurisprudencia, ha señalado en reiteradas oportunidades que contra sus resoluciones, no es pertinente plantear acciones extraordinarias con el objeto de impugnarlas, porque sus fallos se caracterizan por ser inamovibles y obligatorios.