AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2014-CA

Fecha: 14-Feb-2014

SUPERIOR

Por memorial presentado el 29 de enero de 2014, cursante de fs. 446 a 461, el accionante demanda la inconstitucionalidad parcial de algunos artículos como es el caso de la palabra 'SUPERIOR' del art. 1 del Reglamento de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, establece que la Asamblea Legislativa Departamental es un órgano superior al Gobierno Autónomo Departamental siendo contrario al art. 12.II y III de la Norma Suprema, que ordena la independencia, separación, coordinación y cooperación de los órganos legislativo y ejecutivo, indicando que un órgano legislativo no se sobrepone al ejecutivo; que también, colisiona con el art. 270 de la Ley Fundamental, por lo que acusa de inconstitucional.

El accionante, solicita la declaración de inconstitucionalidad de la “…palabra 'SUPERIOR' del artículo 1, 'COMPETENCIAS' del artículo 105, y la frase 'Las funcionarias o los funcionarios públicos permanentes de la Asamblea Legislativa Departamental tienen la condición de servidores públicos…' del art. 158, todos del Reglamento de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija…” (sic), aprobado por Resolución Administrativa (RA) 025/2010-2011 de 13 de octubre de 2010, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8, 12.II y III, 235.2, 270, 272, 277, 297, 300.I y 410 de la CPE.