AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2014-RCA

Fecha: 25-Feb-2014

improcedente

La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, por Resolución 007/2014 de 28 de enero, cursante de fs. 42            a 43 vta., declaró improcedente la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: a) Esta naturaleza de demanda no se halla abierta ante cualquier supuesto de quebrantamiento de los derechos, siendo que se regula por los principios de subsidiariedad e inmediatez; es decir, debiendo ser presentada dentro de seis meses computables a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada con la última decisión administrativa o judicial agotando la vía correspondiente; y, b) Por las alegaciones vertidas y la prueba que acompaña advirtió que las resoluciones que vulneran sus derechos, fueron notificadas a la accionante en el año 2002, y no se constató que habría planteado el recurso pertinente dentro del plazo de cinco días conforme al     art. 9 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición de la Unidad de Recaudaciones, aprobado por Resolución Secretarial “10,0,0,087”, así ingresando en una causal de improcedencia; toda vez que, inobservó el principio de inmediatez.