AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2014-CA

Fecha: 17-Feb-2014

II.3. Análisis del caso concreto

         La accionante solicitó se promueva la presente acción demandando la inconstitucionalidad concreta del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental, manifestando que al activarse el procedimiento disciplinario existe menoscabo a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso. En su petición realizó una descripción de los actos desarrollados en las diferentes etapas del proceso, y concluyó que éste íntegramente vulneró las garantías constitucionales, siendo que el Reglamento antes referido, cursante de fs. 1 a 21, está compuesto de 106 artículos, pero sólo mencionó algunos, de manera que no identificó con claridad cuál el precepto impugnado, que debe ser contrastada con la Ley Fundamental, y menos fundamentó la relevancia que tendrá en la decisión final del proceso, ni en qué medida el fallo a dictarse dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad.

Por lo anotado se evidenció una insuficiente fundamentación jurídico constitucional, dado que no se explica en forma clara las razones que conducen al cuestionamiento de la disposición demandada, limitándose a señalar que contraviene los arts. 115.II, 116.I, 117.I, 119.I y II, 120.I de la Norma Suprema.

De otro lado es menester referirse a la Resolución de 29 de enero de 2014, por la que la autoridad consultante rechazó promover la presente acción, aplicando el art. 112 de la LTCP, misma que se encuentra derogada por mandato de la Disposición Final Tercera del Código Procesal Constitucional, por lo que corresponde recomendar se dé  cumplimiento a lo estipulado por el art. 24 del CPCo, respecto a la observación de los requisitos que debe contener la presente acción.