AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2014-CA

Fecha: 24-Feb-2014

I.1. Síntesis de la solicitud de la parte

Por memorial presentado el 23 de enero de 2014, cursante de fs. 67 a 73, el accionante señala que, la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ), siguió un proceso administrativo en su contra, y emitió la Resolución Sancionatoria 10-00531-13 de 8 de noviembre de 2013, por lo que interpuso recurso de revocatoria; posteriormente, el jerárquico planteando simultáneamente acción de inconstitucionalidad concreta, debido a que, para interponer el recurso de revocatoria debía realizar el pago de la sanción impuesta en el fallo sancionatorio, caso contrario se daría por no presentado el medio de impugnación, conforme la Resolución Regulatoria 01-00012-11     y sus Resoluciones Regulatorias conexas 01-00005-11, 01-00007-11 y           01-00011-11, disposiciones que fueron expedidas por la propia autoridad administrativa y no están fundamentadas en ninguna ley.

Sostiene que, en aplicación del principio de reserva de ley, sólo el órgano legislativo es el competente para pronunciar leyes que desarrollen los preceptos o derechos fundamentales, y en ese orden una norma inferior a una ley como las Resoluciones Regulatorias antes citadas, no pueden imponer limitaciones al ejercicio de algún derecho fundamental caso contrario vulneran derechos constitucionales.