Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2014
Fecha: 25-Feb-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de suministro de sustancias controladas, en la que “…el representante del Ministerio Público confunde la tipicidad del hecho…” (sic), se encuentra detenido cerca de dos meses en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”.
Añade que, a objeto de llevar a cabo su defensa, ante el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal, donde tendría que llevarse a cabo la audiencia de medida cautelar, se enteró de la inexistencia de documentación de la causa, “…de igual manera el fiscal que asumió el caso, tampoco decretó nada ante el apersonamiento realizado” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ,
- denegó
- a)
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad. Reiteración de línea jurisprudencial desarrollada por las SSCC 0160/2005-R, 0181/2005-R, 0008/2010-R y 0080/2010-R referida a la excepcional subsidiariedad de la acción de libertad
- III.2.De la legitimación pasiva en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto de la Fiscal de Materia codemandada
- Respecto del Juez demandado
- CONFIRMAR