SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0546/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0546/2014

Fecha: 10-Mar-2014

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, a través de la Resolución 22/2013 de 8 de agosto, cursante de fs. 144 a 146, concedió la tutela solicitada y dispuso que los integrantes del Concejo Municipal de Challapata, así como el Alcalde Municipal de ese municipio, dentro del plazo de veinticuatro horas emitan respuestas fundamentadas y formales a los memoriales presentados. La Resolución del Tribunal de garantías se basó en los siguientes puntos: a) Se establece en base a los fundamentos y prueba presentada por los accionantes, que concurren los presupuestos que hacen viable la tutela demandada al haberse establecido que existe una petición escrita dirigida a las autoridades demandadas, pero no se advierte que se hubiera emitido una respuesta material, formal y manifestada en tiempo razonable; y, b) No existen otros medios de impugnación respecto al derecho reclamado, por lo que se justifica que los accionantes, hayan interpuesto la presente acción de amparo constitucional a efectos de restablecer su derecho de petición y la obtención de una respuesta pronta, formal y fundamentada, que se constituye en un derecho fundamental lesionado porque las autoridades demandadas, no emitieron la respuesta correspondiente, sea en términos positivos o negativos a las postulaciones realizadas por los ahora accionantes a través de los memoriales de 11 y 14 de enero de 2013, ni a los presentados el 16 de abril de ese año ante el Alcalde y Concejo Municipal de Challapata.