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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2014

    Fecha: 25-Mar-2014

    III.1. El principio de celeridad dentro de las acciones de libertad

    El art. 178.I de la CPE, determina: “La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos”.

    • a)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El principio de celeridad dentro de las acciones de libertad
    • III.1.1. Jurisprudencia
    • III.2.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 2°

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