Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2014
Fecha: 25-Mar-2014
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 17 de octubre de 2013, el accionante solicitó al Juez demandado, ordene que por Secretaria de su Despacho, se proceda de forma inmediata, con el cumplimiento de las medidas sustitutivas a la detención preventiva que le fueron impuestas mediante Auto de Vista referido y se ordene su inmediata libertad (fs. 5). La ya mencionada autoridad judicial demandada por decreto de 18 del mismo mes y año, señaló no ha lugar y estese al Auto de 2 de octubre de igual año (fs. 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad judicial demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- Preventivo
- Correctivo
- Reparador
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2.Sobre las medidas sustitutivas a la detención preventiva y la efectivizacion de la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR