AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2014-RCA

Fecha: 24-Abr-2014

a)

Solicitan se conceda la tutela, disponiendo: a) Dejar sin efecto la confiscación de bienes adquiridos por el ahora accionante, conforme dispuso la Sentencia de 3 de febrero de 2009, por no haber sido parte del juicio oral, sin afectar lo determinado para los coimputados, cuyos inmuebles se encuentran ubicados en el departamento de Cochabamba: 1) Lote de terreno de 335.02 m2, situado en la   Av. Panamericana con el número de matrícula 3.01.1.01.0011911; 2) Tres lotes de terreno, el primero de 282 m2, con número de matrícula 3.01.1.01.0012760, el segundo 386,35 m2 con matrícula 3.01.1.02.0014988, y el tercero de 282 m2 con matrícula 3.01.1.02.0015119, ubicados en la zona de Coña Coña; 3) Dos lotes de terrenos de 15.000.00 m2 y de 30.000.00 m2, situados en el sector de Paucarpata-Campo Santo, provincia Quillacollo; 4) Dos lotes de terrenos de 1.200 m2 y de 5.000m2 ubicados en la localidad de Capinota del departamento de Cochabamba; 5) Un lote de terreno de 494,59 m2 situado en la zona de Jayhuayco de la ciudad de Cochabamba; y, 6) Un lote de terreno de 440 m2 con matrícula 3.01.1.010007583, ubicado en zona de Lacma; b) Declarar la nulidad del Auto Supremo 419/2013 de 30 de agosto y del Auto de Vista 97/2009 de 26 de octubre, debiendo la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba dictar una nueva Resolución, dejando sin efecto la confiscación señalada; y, c) Como medida cautelar determine que las autoridades jurisdiccionales se inhiban de pronunciar cualquier mandamiento de allanamiento, lanzamiento o desapoderamiento tendiente a ejecutar la confiscación los mismos, sea sujeto a responsabilidad civil con la reparación de daños y perjuicios y el pago de costas procesales.