AUTO CONSTITUCIONAL 0131/2014-CA
Fecha: 23-Abr-2014
II.3. Análisis de la resolución elevada en revisión
De la revisión de obrados, se constató que la Empresa accionante señaló que la AEMP, inició un proceso de fiscalización, habiéndose emitido la RA Sancionatoria RA/AEMP/DTFVCOC/097/2013 (fs. 118 a 139), por la que se sancionó a dicha Empresa con multa económica; refiere que a momento de determinar la sanción, se aplicó normativa no vigente, pidiendo que se realice el control de constitucionalidad de la Resolución Administrativa mencionada.
Ahora bien, de la lectura del memorial se verificó que la parte accionante no sustenta claramente los motivos por los que considera que las Resoluciones Administrativas cuestionadas contravienen las garantías y principios constitucionales, limitándose a mencionarlas; de manera que, no se aprecia la duda razonable sobre la constitucionalidad de las resoluciones impugnadas; asimismo, no expresó con claridad la relevancia que tendrán las mismas en la decisión que podría asumir la Autoridad Administrativa; es decir, en qué medida el fallo a dictarse dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las Resoluciones objetadas, configurándose así una de las causales de rechazo previstas por el art. 27.II inc. c) del CPCo.