AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2014-CA

Fecha: 24-Abr-2014

I.1. Antecedentes

Por memoriales presentados el 14 de marzo, cursantes de fs. 228 a 252 vta. y de subsanación de 17 de abril ambos de 2014 (fs. 262 a 313), los recurrentes refieren que la Resolución del Consejo Universitario HCU 11/2014, resuelve en su art. 1 “Modificar parcialmente el Estatuto Orgánico de San Francisco Xavier, aprobado por Resolución HCU. No. 001/2010 de fecha 24 de febrero de 2010, en los arts. 8, 9 y 45 inc. c)…” (sic.); y sobre esa base, por Resolución HCU 012/2014, se dispuso la convocatoria a Claustro Universitario para la elección de Rector y Vicerrector de la citada Universidad, señalando en su numeral II la posibilidad de reelección por una sola vez en forma continua; y, en el numeral V se fija el plazo de renuncia previa de treinta días de las actuales autoridades que deseen ser candidatas. Entre tanto, por Resolución Vicerrectoral 014/2014, se lanzó la convocatoria a Claustros Facultativos y de Carrera para la elección de Decanos y Directores de Carrera, refiriéndose asimismo a la posibilidad de reelección por una sola vez en forma continua y la renuncia previa de las actuales autoridades que deseen ser candidatos.   

Arguyen que, las citadas Resoluciones fueron asumidas, aprobadas y emitidas por el Consejo Universitario de la UMRPSFXCH, en clara usurpación de la competencia que está reconocida por su Estatuto Orgánico en forma exclusiva al Congreso Interno de dicha Universidad, siendo luego recogidas en las Convocatorias a Claustros para autoridades universitarias.