SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2014
Fecha: 21-Abr-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A denuncia y querella interpuesta por Rodolfo Crespo Monroy, se instauró un proceso penal en contra de Amalia Skubbe Suarez, Manuel Llorenti Barrientos y Ana María Ávila Rodal, por la presunta comisión del delito de Estafa. Realizados los actos investigativos, el 20 de abril de 2012, el Fiscal a cargo de la investigación, Líder Justiniano Velasco, emitió Resolución de rechazo de denuncia y querella. Ante la objeción presentada por la parte denunciante fue revocada por el Fiscal de “Distrito”, ordenando dicha autoridad, se continúen con los actos investigativos. Habiendo transcurrido el periodo de investigación, nuevamente el Fiscal de Materia Roller Yimy Cuellar, mediante Resolución de 14 de diciembre del citado año, rechazó la denuncia y querella por ausencia de tipicidad de los hechos investigados.
Posteriormente, y ante la revocatoria del rechazo de querella, Elizabeth Conde Marca en representación de Franz Rodolfo Crespo Monroy, activó nuevamente la investigación, interponiendo otra querella contra las mismas personas querelladas anteriormente, incluyendo en la misma, al ahora accionante y a Carlos Rodolfo Schenstrom.
Denuncia que la Fiscal Departamental codemandada conoció la conversión de acción resuelta por el Fiscal Henry Herrera Herrera; asimismo, que el Fiscal de Materia codemandado admitió una nueva e ilegal denuncia en su contra; y que la Jueza demandada, admitió la existencia de dos procesos idénticos y concluidos, realizando actuaciones que dieron lugar a su procesamiento indebido, pues nuevamente se halla procesado por hechos que ya fueron resueltos y decididos por la justicia.