SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2014

Fecha: 30-Abr-2014

concedió

El Juez de Partido Mixto en lo Civil y Comercial y de Familia de Santa Ana del Yacuma del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 1 de noviembre de 2013, cursante de fs. 72 a 75 vta., concedió la tutela solicitada, reconociendo la tácita reconducción y disponiendo la inmediata reincorporación a su fuente laboral, el pago de sus salarios devengados de enero y febrero de 2013, así como todos sus derechos laborales hasta febrero de igual año, con imposición del pago de costas procesales a favor de la accionante, de acuerdo a los siguientes fundamentos: 1) La accionante ingresó a trabajar a AASANA de Beni en noviembre de 2011, suscribiéndose posteriores contratos que ampliaron el plazo de duración, llegándose a ratificar las demás cláusulas; llegando a desempeñar funciones, sin tener contrato de trabajo los meses de enero y febrero de 2013, aspecto que de acuerdo al art. 21 de la Ley General del Trabajo (LGT), se entiende que existió reconducción; y, 2) En el presente caso, se establece que no existió despido por parte del trabajador y tampoco despido indirecto; no obstante, la conminatoria reconoce que la trabajadora pese a la culminación de su contrato, siguió desempeñando funciones, aplicándose la tácita reconducción.