AUTO CONSTITUCIONAL 0145/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0145/2014-CA

Fecha: 07-May-2014

SUBSANAR

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de lo dispuesto por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional, dispone que el recurrente pueda SUBSANAR la observación realizada, en el plazo de cinco días, que correrán a partir de su legal notificación, bajo advertencia que de no subsanarse, se tendrá por no presentado el mismo.