SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2014
Fecha: 23-May-2014
concedió en parte
La Jueza Cuarta de Partido y de Sentencia Penal Liquidadora de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 19/13 de 26 de noviembre de 2013, cursante de fs. 28 a 30, concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que la Jueza demandada, fije de manera inmediata nuevo día y hora de audiencia de consideración de cesación de detención preventiva dentro de los tres días hábiles “…que establecen los precedentes constitucionales y se tomen los recaudos necesarios para la realización de esa audiencia, teniendo la autoridad demandada la libertad de resolver de acuerdo a la normativa sustantiva y adjetiva vigente…” (sic), con el fundamento que la audiencia de cesación de detención preventiva fue señalada dentro de un plazo no razonable.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3.Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR