SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2014
Fecha: 23-May-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por el supuesto delito de suministro de sustancias controladas, fue detenido el 18 de septiembre de 2013, y siendo menor de edad, no podía estar privado de libertad por más de cuarenta y cinco días, pero pese a ello, lleva detenido sesenta y siete días, excediendo superabundantemente el plazo fijado por la norma.
En razón a ello, el 20 de noviembre de 2013, presentó un memorial ante el “…Juzgado partido del Menor El Alto…” (sic), solicitando se fije día y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva; sin embargo, “…se ha omitido indebidamente efectuar el proveído y fijar día y hora para mi audiencia de cesación a la detención preventiva, dentro del plazo legal…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3.Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR