Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0948/2014
Fecha: 23-May-2014
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela solicitada; y en consecuencia se reparen los defectos legales en el proceso penal, así “…COMO LA APLICACIÓN DE LOS ART. 113 NUMERAL I DE LA C.P.E. Y EL ART. 39 NUMERAL I del C.P.C.t.” (sic), que señalan que las víctimas de vulneraciones de derechos humanos tienen el derecho a una indemnización, reparación y resarcimiento de daños y perjuicios.