AUTO CONSTITUCIONAL 0179/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0179/2014-CA

Fecha: 11-Jun-2014

I.2.

Manifiesta que, al tener la condición de funcionaria de carrera, al haber sido institucionalizada como Directora de la Unidad Educativa “Villa Santa Cruz”, fue sometida a un proceso disciplinario bajo la normativa procedimental inmersa en el Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio y Personal Docente, aprobado mediante Resolución Suprema 212414 y DS 25273 de 8 de enero de 1999, siendo que el procedimiento correcto aplicable es el instituido en el      DS 23968, aprobado por RM 062/00, que tiene por objeto reglamentar la carrera administrativa del servicio de educación pública; por lo que, el “Tribunal Disciplinario 2” no fue conformado de acuerdo a normativa pertinente, actuando sin jurisdicción o competencia emanada de la Ley, pronunciando actos nulos de pleno derecho.