SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1145/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1145/2014

Fecha: 10-Jun-2014

c) En cuanto a los otros no identificados en la acción de amparo constitucional

           Conforme la jurisprudencia constitucional sentada en la SCP 0998/2012, glosada en el Fundamento Jurídico III.5 del presente fallo constitucional, se flexibilizó las reglas de la legitimación pasiva y de la actividad probatoria de las personas no expresamente demandadas en peticiones de tutela referente a vías de hecho, permitiendo por una parte excepcionalmente la interposición de la acción contra personas no identificadas, y por otra la defensa de estas, cuando señala que pueden ejercer su derecho a la defensa y ser admitidos sus medios probatorios en cualquier instancia procesal, aún en revisión de la acción de amparo constitucional ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, igualmente flexibilizó de manera excepcional, los alcances del principio de preclusión con la finalidad de no coartar su derecho a la defensa; empero, en el presente caso, los otros no identificados,no tuvieron conocimiento de la acción presente acción tutelar seguido en su contra, por lo que no podrían asumir defensa en instancia procesal alguna, al haberse agotado la actividad procesal dentro de la presente acción de amparo constitucional con la emisión de la presente Sentencia Constitucional, todo con la finalidad de precautelar su derecho a la defensa.