SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1176/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1176/2014

Fecha: 10-Jun-2014

I.1.1. Hechos que la motivan

Dentro del proceso penal seguido en su contra, el 07 de noviembre de 2012, fue notificado para la realización de varias audiencias; las mismas que se difirieron a solicitud del Ministerio Público; siendo señaladas nuevamente, en diversas fechas y suspendidas en ese orden; el 9 de agosto de 2013 es fijada una audiencia para la modificación de medidas cautelares respecto de él -únicamente-, pero no sólo se llevó a cabo la audiencia cautelar; sino también la audiencia conclusiva para la cual no fue citado.

Sostiene que, para la indicada audiencia, no contó con la presencia de su abogado defensor, a pesar de haber puesto en conocimiento este hecho a la Jueza ahora demanda, no fue atendida su petición; habiéndose resuelto la revocatoria de las medidas sustitutivas; en consecuencia, se encuentra detenido preventivamente “y otros actuados referentes a la audiencia de conclusiones”; aseverando por ello, que ha sido procesado ilegalmente, ante la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa técnica eficaz.

Interpuesta la respectiva apelación ante los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunciaron Auto de Vista 179/2013 de 30 de septiembre, por el cuál declararon inadmisible el recurso; pues, únicamente se pronunciaron sobre los riesgos procesales que motivaron la detención preventiva y no así sobre otros aspectos reclamados.