AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2014-RCA

Fecha: 08-Jul-2014

II.3. Análisis del caso concreto

De los datos que informan los antecedentes del proceso, se establece que el 19 de noviembre de 2012, el accionante presentó ante el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo del departamento de Cochabamba, demanda de restitución a su cargo de Graficador I, porque le reasignaron al puesto de chofer de ambulancia (fs. 6 a 7 vta.), por lo que mediante Sentencia 126/2013, el indicado Juez declaró probada la demanda disponiendo la restitución de Francisco Carlos Álvarez Hamide, al cargo de Responsable de Sistema Gráfico I, mientras esté vigente el fuero sindical que detenta (fs. 23 a 26 vta.), fallo que fue apelado por el Alcalde Municipal de Colcapirhua (fs. 27 a 28 vta.), concediéndose dicho recurso mediante Auto de 6 de noviembre de 2013, ante la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 31).

Aclarados estos aspectos, que se produjeron con anterioridad a la interposición de esta acción de defensa y que pueden dar lugar a confusión por los términos contenidos en la demanda, debido a que el accionante aduce que estaría amparado dentro de la jurisdicción laboral, corresponde analizar el caso enviado en revisión.

En ese propósito a través de memorándum 08/2014 de 25 de febrero (fs.1), se agradeció por sus servicios en el cargo de Técnico de Sistemas Gráficos I, al ahora accionante, medida contra la cual interpuso recurso de revocatoria ante el Alcalde Municipal de Colcapirhua, solicitando se deje sin efecto lo determinado y consiguientemente se lo restituya a su cargo (fs. 2 a 3), indicando que a través de nota cite DIR. CITE 87/2014 GAM de 25 de marzo, agotó la vía ordinaria, por lo que interpone esta acción.