AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2014-RCA

Fecha: 08-Jul-2014

rechazó “in limine”

La Jueza Primera de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, por Resolución “115” de 26 de mayo de 2014, cursante de fs. 40 a 41 rechazó “in limine” esta acción con los siguientes fundamentos: a) La acción incoada resulta confusa e imprecisa porque pretende dejar sin efecto el memorando de agradecimiento de servicios; pero a su vez señala que el proceso se encontraría bajo la jurisdicción laboral; b) No precisa la fecha de ingreso a la institución edil y bajo qué modalidad se encuentra, así como no existe documentación sobre lo invocado; c) El accionante indica que con la presentación del recurso de revocatoria, agotó las vías ordinarias pero se desconoce si presentó o no el jerárquico; d) Francisco Carlos Álvarez Hamide, menciona ser dirigente sindical; empero, no aclaró si sigue en esa condición, aspecto que resulta importante para determinar si se encuentra sujeto a “las normas pertinentes a ese aspecto” (sic); y, e) En antecedentes no cursa la información indispensable, además que el accionante no precisó de qué manera se vulneró su derecho a la estabilidad laboral o lo dispuesto por el art. 48 de la CPE, aspecto que se debe establecer a partir de la normativa laboral que es aplicable al caso concreto.