AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2014-CA

Fecha: 10-Jul-2014

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

La indicada Sala, mediante Resolución 146, revocó el Auto 66/2013, que declaró probada la excepción y determinó prescrita la acción ejecutiva, pero dicho fallo fue dictado fuera del plazo que determina el art. 245 del Código de Procedimiento Civil (CPC); es decir, que a partir de la radicatoria del expediente el 19 de marzo de 2014, comenzó a correr el plazo de los seis días para dictar la resolución correspondiente, esto por ser una apelación en efecto devolutivo; por lo que, el plazo para emitir la resolución venció el 25 de marzo de 2014, lo que hace que las autoridades recurridas perdieron competencia, y los mismos al no haber remitido el proceso a la sala correspondiente en suplencia legal, usurparon funciones que no les compete.