Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1350/2014
Fecha: 07-Jul-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal iniciado a instancia del Ministerio Público, en contra del accionante por la presunta comisión del delito de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, se fijó audiencia para la sustanciación de procedimiento abreviado para el 10 de enero de 2014 a llevarse a cabo en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz “Palmasola”; sin embargo el Fiscal de Materia como la Juez Décimo Tercera de Instrucción en lo Penal ambos del departamento de Santa Cruz, pese a tener conocimiento de la misma no se hicieron presentes.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demanda
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2.La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el principio de celeridad
- III.2.El Ministerio Público y el principio de unidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR