SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1475/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1475/2014

Fecha: 16-Jul-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 28 de agosto de 2013, acordó de manera verbal con Juan Apaza Condori, propietario de una tienda, alquilar el ambiente por la suma de Bs. 2500.- (dos mil quinientos bolivianos) mensuales. Afirma que tomó posesión oficial el 14 de septiembre del mismo año y que canceló el alquiler por ese mes sin mayores observaciones del propietario.

Refiere que, cuando acudió a cubrir su obligación correspondiente al mes de octubre de 2013, el dueño se negó a recibir el dinero, informándole que el alquiler había subido. Entonces, en reiteradas oportunidades, intentó llegar a un acuerdo; sin embargo, el demandado lo amenazó con ponerle candados a la tienda en caso de no aceptar el incremento.

Finaliza señalando que, prosiguió con su labor normal haciendo uso del ambiente hasta el 1 de noviembre de 2013, cuando, al intentar abrir su negocio, éste se encontraba asegurado con dos candados que no eran de su propiedad; por tanto, no pudo abrirlos, y desde esa fecha se encuentra impedido de trabajar.