Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2014-RCA
Fecha: 13-Ago-2014
I.5. Síntesis de la impugnación
El accionante a través de su representante, alega que la vulneración de sus derechos es real y actualmente se pretende embargar su patrimonio, debido a que se tramitó el proceso tributario en indefensión; puesto que, si bien tomó conocimiento de las medidas precautorias en marzo de 2013, fue después del proceso, por lo que considera que el plazo de los seis meses previstos por la Ley Fundamental, todavía no se venció; asimismo, respecto al agotamiento de la vía administrativa, no planteó recurso alguno porque desconocía las actuaciones efectuadas en el indicado proceso, además de cualquier medio de defensa que pretenda la reparación de la lesión de sus derechos precluyó.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- improcedencia “in límine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- CONFIRMAR