AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2014-RCA
Fecha: 22-Ago-2014
improcedente “in limine”
La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 163/2014 de 4 de julio, cursante de fs. 33 a 34 vta., declaró improcedente “in limine” la acción de amparo constitucional, fundamentando que de la documentación presentada se constató que los accionantes no agotaron los recursos administrativos que sus Reglamentos y Estatutos internos les permiten, refiriendo que no se resolvió el recurso interpuesto contra la Resolución “08/2013”, ante la Federación de Transportistas “16 de Noviembre”, habida cuenta que se reclama la violación de derechos y garantías constitucionales al debido proceso, a la libertad de trabajo y a la propiedad privada, incumpliendo de este modo el principio a la subsidiariedad.